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viernes, 9 de mayo de 2014

Mutual de la Policía Federal no reconoce la Ley de Matrimonio Igualitario


La Comunidad Homosexual Argentina (CHA) presentó ante el Señor Interventor del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), Lic. Pedro Mouratian el pedido de modificación del Decreto 1866/83, artículo 814 -  reglamentario de la Ley 21.965 de la Obra Social de la Policía Federal Argentina por el carácter discriminador del mismo ya que no reconoce la Ley de Matrimonio Igualitario.

César Cigliutti, Presidente de la CHA dijo que “Hicimos hoy esta presentación para que a través del INADI, el Poder Ejecutivo de la Nación pueda actualizar esta reglamentación. Recibimos varias denuncias de que la Obra Social de la Policía Federal no reconoce a las parejas del mismo sexo y denegaba el derecho a compartir la obra social, desconociendo la Ley Nacional de Matrimonio Igualitario. Tenemos una urgencia por el estado de salud de la pareja. Hasta ahora todos los pedidos fueron rechazados por que el artículo 814 dice que se pueden “inscribir como familiares a cargo a: a) La esposa” (en femenino) y hacen una lectura e interpretación literal, y deniegan la solicitud.”

Pedro Paradiso Sottile, Coordinador del Área Jurídica de la CHA dijo que “Estamos trabajando para que todas las normativas, decretos, resoluciones y reglamentaciones garanticen los derechos que nos otorga la Ley de Matrimonio Igualitario, en todos los ámbitos.

En la presente denuncia queda en evidencia un trato discriminatorio y violatorio de las leyes vigentes por parte de la máxima autoridad de la obra social de la Policía Federal, quien utilizando argumentos e interpretaciones fuera de la ley, deniega beneficios y cobertura social a la familia de un afiliado.

Debemos poner fin a la homofobia y hacer cumplir con urgencia lo que la ley manda, para que ninguna familia sufra la discriminación y exclusión por orientación sexual o identidad de género en nuestro país”

:: InOutPost

CHA: www.cha.org.ar

Texto completo de la Ley N 26.618 de Matrimonio Civil como figura en el Boletín Oficial CLICK AQUI

martes, 10 de septiembre de 2013

Boletin Oficial Ley 26.618 Matrimonio Civil

Les dejamos el Link del Boletín Oficial de la Ley de Matrimonio Civil o de Matrimonio Igualitario

lunes, 15 de julio de 2013

Celebran tres años de sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario

El Movimiento Evita celebra hoy la promulgación de la Ley de Matrimonio Igualitario


Foto: Bariloche Digital


Hoy se proyectará en el local del Movimiento Evita, a las 18:30, un documental que narra el proceso del proyecto de Ley de Matrimonio Igualitario , desde la perspectiva oficialista, desde sus orígenes hasta su aprobación de la Ley 26.618

El debate sobre la legislación autorizando el matrimonio entre personas del mismo sexo comenzó en la Argentina a partir la consigna "Los mismos derechos, con los mismos nombres".

La República Argentina el día el 15 de julio de 2010 se convirtió en el primer país de América Latina en reconocer este derecho en todo su territorio nacional. Además, fue el décimo país en legalizar este tipo de unión a nivel mundial.

Para continuar la profundización del proyecto nacional, por más inclusión y derechos, los esperamos en Elflein 1165 a las 18.30.

Fuente:

El Cordillerano
Bariloche Digital

viernes, 24 de mayo de 2013

Promulgan la ley de matrimonio igualitario en Francia


Es el 14º país en el mundo con una normativa de este tipo. Los casamientos empezarían en junio, aunque opositores volvieron a convocar a una marcha en contra para el 26 de mayo

Foto AFP


Francia se convirtió este sábado en el 14º país a legalizar el casamiento entre personas del mismo sexo, después que el presidente, François Hollande, firmó la ley y determinó su publicación en el Diario Oficial.

Esto sucedió un día después que el Consejo Constitucional francés validó la ley, al fin de cuatro meses en que los sectores conservadores lograron realizar masivas manifestaciones callejeras de protesta contra la iniciativa.

La ministra francesa de Justicia, Christiane Taubira, quien condujo las negociaciones por el proyecto de ley en el Parlamento, dijo que los primeros casamientos entre personas del mismo sexo podrían realizarse en Francia ya a partir de junio.

Sin embargo, los opositores de la medida ya adelantaron que mantendrán la movilización y campaña, con otra protesta programada para el 26 de mayo en París.

La ley provocó extensos y difíciles debates y centenas de protestas que en algunos casos se convirtieron en incidentes de violencia.

Ya en su campaña electoral Hollande había convertido el "casamiento para todos" en uno de los pilares de su propuesta de gobierno.

El viernes, luego del aval dado por el Consejo Constitucional, Hollande alertó que no estaba dispuesto a tolerar resistencias a la legislación.

"Quiero asegurarme que esta ley se aplicará en todo el territorio, de forma plena, y no voy a aceptar ninguna interrupción de esos casamientos", dijo el presidente, para quien es "tiempo de respetar la ley y la república".

:: Infobae

martes, 6 de septiembre de 2011

El Ejército autorizó el primer matrimonio gay




El Ejército dio luz verde para el casamiento entre un teniente coronel y un capitán quienes habían solicitado autorización para contraer enlace en el marco de la nueva normativa para matrimonios del mismo sexo, en tanto una pareja de suboficiales, también de la misma institución armada, inició los trámites del caso.
En principio, el matrimonio de los dos oficiales, se realizará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya legislación fue la primera en admitir esta nueva condición. La identidad de los dos contrayentes, al igual que la de los suboficiales que hicieron la correspondiente solicitud, se mantiene provisoriamente en reserva.


Debido a que la ceremonia de casamiento será estrictamente en el marco civil, no previéndose ningún tipo de acto religioso, no será necesaria, en ninguno de los casos, aplicar la normativa de ceremonial que establece que un oficial u suboficial deberá vestir su uniforme de gala, con las distinciones o condecoraciones si las tuviere, al momento de contraer nupcias.

En el ámbito civil se han realizado ceremonias en el marco religioso a cargo de oficiantes no reconocidos formalmente por la jerarquía eclesiástica católica. Para el caso de que los contrayentes así lo desearan, serían aplicables las normas del ceremonial militar.

 Recientemente, con la asistencia de las cúpulas de las tres fuerzas armadas, se realizó en el Ministerio de Defensa (ver foto), un acto en el que participaron distintos sectores de la comunidad homosexual, los que exhibieron pancartas aplaudiendo la decisión gubernamental de eliminar todo tipo de discriminación en el ámbito militar.

La exhibición de las pancartas sorprendió a los jefes uniformados, algunos de los cuales se pusieron de pie y otros permanecieron en sus asientos tomando tímidamente las cartulinas que les fueron entregadas. Una fotografía de ese momento (la que encabeza esta información) fue puesta de inmediato en la red Internet, pero no fue divulgada oficialmente por la cartera de Defensa.

miércoles, 29 de junio de 2011

El texto de la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo

 Ley de Matrimonio de personas del mismo sexo



o MATRIMONIO CIVIL

Ley 26.618

Código Civil. Modificación.

Sancionada: Julio 15 de 2010

Promulgada: Julio 21 de 2010

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Modifíquese el inciso 1 del artículo 144 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

1. Cualquiera de los cónyuges no separado personalmente o divorciado vincularmente.

ARTICULO 2º — Sustitúyese el artículo 172 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 172: Es indispensable para la existencia del matrimonio el pleno y libre consentimiento expresado personalmente por ambos contrayentes ante la autoridad competente para celebrarlo.

El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo.

El acto que careciere de alguno de estos requisitos no producirá efectos civiles aunque las partes hubieran obrado de buena fe, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.

ARTICULO 3º — Sustitúyese el artículo 188 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 188: El matrimonio deberá celebrarse ante el oficial público encargado del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas que corresponda al domicilio de cualquiera de los contrayentes, en su oficina, públicamente, compareciendo los futuros esposos en presencia de dos testigos y con las formalidades legales.

Si alguno de los contrayentes estuviere imposibilitado de concurrir, el matrimonio podrá celebrarse en el domicilio del impedido o en su residencia actual, ante cuatro testigos. En el acto de la celebración del matrimonio, el oficial público leerá a los futuros esposos los artículos 198, 199 y 200 de este Código, recibiendo de cada uno de ellos, uno después del otro, la declaración de que quieren respectivamente constituirse en cónyuges, y pronunciará en nombre de la ley que quedan unidos en matrimonio.

El oficial público no podrá oponerse a que los esposos, después de prestar su consentimiento, hagan bendecir su unión en el mismo acto por un ministro de su culto.

ARTICULO 4º — Sustitúyese el artículo 206 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 206: Separados por sentencia firme, cada uno de los cónyuges podrá fijar libremente su domicilio o residencia. Si tuviese hijos de ambos a su cargo, se aplicarán las disposiciones relativas al régimen de patria potestad.

Los hijos menores de CINCO (5) años quedarán a cargo de la madre, salvo causas graves que afecten el interés del menor. En casos de matrimonios constituidos por ambos cónyuges del mismo sexo, a falta de acuerdo, el juez resolverá teniendo en cuenta el interés del menor. Los mayores de esa edad, a falta de acuerdo de los cónyuges, quedarán a cargo de aquel a quien el juez considere más idóneo. Los progenitores continuarán sujetos a todas las cargas y obligaciones respecto de sus hijos.

ARTICULO 5º — Sustitúyese el artículo 212 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 212: El cónyuge que no dio causa a la separación personal, y que no demandó ésta en los supuestos que prevén los artículos 203 y 204, podrá revocar las donaciones hechas al otro cónyuge en convención matrimonial.

ARTICULO 6º — Sustitúyese el inciso 1 del artículo 220 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

1. Cuando fuere celebrado con el impedimento establecido en el inciso 5 del artículo 166. La nulidad puede ser demandada por el cónyuge incapaz y por los que en su representación podrían haberse opuesto a la celebración del matrimonio. No podrá demandarse la nulidad después de que el cónyuge o los cónyuges hubieren llegado a la edad legal si hubiesen continuado la cohabitación, o, cualquiera fuese la edad, si hubieren concebido.

ARTICULO 7º — Modifíquese el inciso 1 del artículo 264 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

1. En el caso de los hijos matrimoniales, a los cónyuges conjuntamente, en tanto no estén separados o divorciados, o su matrimonio fuese anulado. Se presumirá que los actos realizados por uno de ellos cuenta con el consentimiento del otro, salvo en los supuestos contemplados en el artículo 264 quáter, o cuando mediare expresa oposición.

ARTICULO 8º — Sustitúyese el artículo 264 ter del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 264 ter: En caso de desacuerdo entre los padres, cualquiera de ellos podrá acudir al juez competente, quien resolverá lo más conveniente para el interés del hijo, por el procedimiento más breve previsto por la ley local, previa audiencia de los padres con intervención del Ministerio Pupilar. El juez podrá, aun de oficio, requerir toda la información que considere necesaria, y oír al menor, si éste tuviese suficiente juicio, y las circunstancias lo aconsejaren. Si los desacuerdos fueren reiterados o concurriere cualquier otra causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad, podrá atribuirlo total o parcialmente a uno de los padres o distribuir entre ellos sus funciones, por el plazo que fije, el que no podrá exceder de DOS (2) años.

ARTICULO 9º — Sustitúyese el artículo 272 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 272: Si cualquiera de los padres faltare a esta obligación, podrá ser demandado por la prestación de alimentos por el propio hijo, si fuese adulto, asistido por un tutor especial, por cualquiera de los parientes, o por el ministerio de menores.

ARTICULO 10. — Sustitúyese el artículo 287 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 287: Los padres tienen el usufructo de los bienes de sus hijos matrimoniales o extramatrimoniales voluntariamente reconocidos, que estén bajo su autoridad, con excepción de los siguientes:

1. Los adquiridos mediante su trabajo, empleo, profesión o industria, aunque vivan en casa de sus padres.

2. Los heredados por motivo de la indignidad o desheredación de sus padres.

3. Los adquiridos por herencia, legado o donación, cuando el donante o testador hubiera dispuesto que el usufructo corresponde al hijo.

ARTICULO 11. — Sustitúyese el artículo 291 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 291: Las cargas del usufructo legal de los padres son:

1. Las que pesan sobre todo usufructuario, excepto la de afianzar.

2. Los gastos de subsistencia y educación de los hijos, en proporción a la importancia del usufructo.

3. El pago de los intereses de los capitales que venzan durante el usufructo.

4. Los gastos de enfermedad y entierro del hijo, como los del entierro y funerales del que hubiese instituido por heredero al hijo.

ARTICULO 12. — Sustitúyese el artículo 294 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 294: La administración de los bienes de los hijos será ejercida en común por los padres cuando ambos estén en ejercicio de la patria potestad. Los actos conservatorios pueden ser otorgados indistintamente por cualquiera de los padres.

Los padres podrán designar de común acuerdo a uno de ellos administrador de los bienes de los hijos, pero en ese caso el administrador necesitará el consentimiento expreso del otro para todos los actos que requieran también la autorización judicial. En caso de graves o persistentes desacuerdos sobre la administración de los bienes, cualquiera de los padres podrá requerir al juez competente que designe a uno de ellos administrador.

ARTICULO 13. — Sustitúyese el artículo 296 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 296: En los TRES (3) meses subsiguientes al fallecimiento de uno de los padres, el sobreviviente debe hacer inventario judicial de los bienes del matrimonio, y determinarse en él los bienes que correspondan a los hijos, so pena de no tener el usufructo de los bienes de los hijos menores.

ARTICULO 14. — Sustitúyese el artículo 307 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 307: Cualquiera de los padres queda privado de la patria potestad:

1. Por ser condenado como autor, coautor, instigador o cómplice de un delito doloso contra la persona o los bienes de alguno de sus hijos, o como coautor, instigador o cómplice de un delito cometido por el hijo.

2. Por el abandono que hiciere de alguno de sus hijos, para el que los haya abandonado, aun cuando quede bajo guarda o sea recogido por otro progenitor o un tercero.

3. Por poner en peligro la seguridad, la salud física o psíquica o la moralidad del hijo, mediante malos tratamientos, ejemplos perniciosos, inconducta notoria o delincuencia.

ARTICULO 15. — Sustitúyese el artículo 324 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 324: Cuando la guarda del menor se hubiese otorgado durante el matrimonio y el período legal se completara después de la muerte de uno de los cónyuges, podrá otorgarse la adopción al sobreviviente y el hijo adoptivo lo será del matrimonio.

ARTICULO 16. — Sustitúyese el artículo 326 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 326: El hijo adoptivo llevará el primer apellido del adoptante, o su apellido compuesto si éste solicita su agregación. En caso que los adoptantes sean cónyuges de distinto sexo, a pedido de éstos podrá el adoptado llevar el apellido compuesto del padre adoptivo o agregar al primero de éste, el primero de la madre adoptiva. En caso que los cónyuges sean de un mismo sexo, a pedido de éstos podrá el adoptado llevar el apellido compuesto del cónyuge del cual tuviera el primer apellido o agregar al primero de éste, el primero del otro. Si no hubiere acuerdo acerca de qué apellido llevará el adoptado, si ha de ser compuesto, o sobre cómo se integrará, los apellidos se ordenarán alfabéticamente.

En uno y otro caso podrá el adoptado después de los DIECIOCHO (18) años solicitar esta adición.

Todos los hijos deben llevar el apellido y la integración compuesta que se hubiera decidido para el primero de los hijos.

Si el o la adoptante fuese viuda o viudo y su cónyuge no hubiese adoptado al menor, éste llevará el apellido del primero, salvo que existieran causas justificadas para imponerle el del cónyuge premuerto.

ARTICULO 17. — Sustitúyese el artículo 332 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 332: La adopción simple impone al adoptado el apellido del adoptante, pero aquél podrá agregar el suyo propio a partir de los DIECIOCHO (18) años.

El cónyuge sobreviviente adoptante podrá solicitar que se imponga al adoptado el apellido de su cónyuge premuerto si existen causas justificadas.

ARTICULO 18. — Sustitúyese el artículo 354 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 354: La primera línea colateral parte de los ascendientes en el primer grado, es decir de cada uno de los padres de la persona de que se trate, y comprende a sus hermanos y hermanas y a su posteridad.

ARTICULO 19. — Sustitúyese el artículo 355 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 355: La segunda, parte de los ascendientes en segundo grado, es decir de cada uno de los abuelos de la persona de que se trate, y comprende al tío, el primo hermano, y así los demás.

ARTICULO 20. — Sustitúyese el artículo 356 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 356: La tercera línea colateral parte de los ascendientes en tercer grado, es decir de cada uno de los bisabuelos de la persona de que se trate, y comprende sus descendientes. De la misma manera se procede para establecer las otras líneas colaterales, partiendo de los ascendientes más remotos.

ARTICULO 21. — Sustitúyese el artículo 360 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 360: Los hermanos se distinguen en bilaterales y unilaterales. Son hermanos bilaterales los que proceden de los mismos padres. Son hermanos unilaterales los que proceden de un mismo ascendiente en primer grado, difiriendo en el otro.

ARTICULO 22. — Sustitúyese el artículo 476 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 476: El cónyuge es el curador legítimo y necesario de su consorte, declarado incapaz.

ARTICULO 23. — Sustitúyese el artículo 478 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 478: Cualquiera de los padres es curador de sus hijos solteros, divorciados o viudos que no tengan hijos mayores de edad, que puedan desempeñar la curatela.

ARTICULO 24. — Sustitúyese el inciso 3 del artículo 1.217, el que quedará redactado de la siguiente forma:

3. Las donaciones que un futuro cónyuge hiciere al otro.

ARTICULO 25. — Sustitúyese el inciso 2 del artículo 1.275, el que quedará redactado de la siguiente forma:

2. Los reparos y conservación en buen estado de los bienes particulares de cualquiera de los cónyuges.

ARTICULO 26. — Sustitúyese el artículo 1.299, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1.299: Decretada la separación de bienes, queda extinguida la sociedad conyugal. Cada uno de los integrantes de la misma recibirán los suyos propios, y los que por gananciales les correspondan, liquidada la sociedad.

ARTICULO 27. — Sustitúyese el artículo 1.300, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1.300: Durante la separación, cada uno de los cónyuges debe contribuir a su propio mantenimiento, y a los alimentos y educación de los hijos, en proporción a sus respectivos bienes.

ARTICULO 28. — Sustitúyese el artículo 1.301, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1.301: Después de la separación de bienes, los cónyuges no tendrán parte alguna en lo que en adelante ganare el otro cónyuge.

ARTICULO 29. — Sustitúyese el artículo 1.315, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1.315: Los gananciales de la sociedad conyugal se dividirán por iguales partes entre los cónyuges, o sus herederos, sin consideración alguna al capital propio de los cónyuges, y aunque alguno de ellos no hubiese llevado a la sociedad bienes algunos.

ARTICULO 30. — Sustitúyese el artículo 1.358 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1.358: El contrato de venta no puede tener lugar entre cónyuges, aunque hubiese separación judicial de los bienes de ellos.

ARTICULO 31. — Sustitúyese el inciso 2 del artículo 1.807 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

2. El cónyuge, sin el consentimiento del otro, o autorización suplementaria del juez, de los bienes raíces del matrimonio.

ARTICULO 32. — Sustitúyese el artículo 2.560 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 2.560: El tesoro encontrado por uno de los cónyuges en predio del otro, o la parte que correspondiese al propietario del tesoro hallado por un tercero en predio de uno de los cónyuges, corresponde a ambos como ganancial.

ARTICULO 33. — Sustitúyese el artículo 3.292 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 3.292: Es también indigno de suceder, el heredero mayor de edad que es sabedor de la muerte violenta del autor de la sucesión y que no la denuncia a los jueces en el término de UN (1) mes, cuando sobre ella no se hubiese procedido de oficio. Si los homicidas fuesen ascendientes o descendientes, cónyuge o hermanos del heredero, cesará en éste la obligación de denunciar.

ARTICULO 34. — Sustitúyese el artículo 3.969 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 3.969: La prescripción no corre entre cónyuges, aunque estén separados de bienes, y aunque estén divorciados por autoridad competente.

ARTICULO 35. — Sustitúyese el artículo 3.970 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 3.970: La prescripción es igualmente suspendida durante el matrimonio, cuando la acción de uno de los cónyuges hubiere de recaer contra el otro, sea por un recurso de garantía, o sea porque lo expusiere a pleitos, o a satisfacer daños e intereses.

ARTICULO 36. — Sustitúyese el inciso c) del artículo 36 de la Ley 26.413, el que quedará redactado de la siguiente forma:

c) El nombre y apellido del padre y de la madre o, en el caso de hijos de matrimonios entre personas del mismo sexo, el nombre y apellido de la madre y su cónyuge, y tipo y número de los respectivos documentos de identidad. En caso de que carecieren de estos últimos, se dejará constancia de edad y nacionalidad, circunstancia que deberá acreditarse con la declaración de DOS (2) testigos de conocimiento, debidamente identificados quienes suscribirán el acta;

ARTICULO 37. — Sustitúyese el artículo 4º de la Ley 18.248, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 4º: Los hijos matrimoniales de cónyuges de distinto sexo llevarán el primer apellido del padre. A pedido de los progenitores podrá inscribirse el apellido compuesto del padre o agregarse el de la madre. Si el interesado deseare llevar el apellido compuesto del padre, o el materno, podrá solicitarlo ante el Registro del Estado Civil desde los DIECIOCHO (18) años. Los hijos matrimoniales de cónyuges del mismo sexo llevarán el primer apellido de alguno de ellos. A pedido de éstos podrá inscribirse el apellido compuesto del cónyuge del cual tuviera el primer apellido o agregarse el del otro cónyuge. Si no hubiera acuerdo acerca de qué apellido llevará el adoptado, si ha de ser compuesto, o sobre cómo se integrará, los apellidos se ordenarán alfabéticamente. Si el interesado deseare llevar el apellido compuesto del cónyuge del cual tuviera el primer apellido, o el del otro cónyuge, podrá solicitarlo ante el Registro del Estado Civil desde los DIECIOCHO (18) años.

Una vez adicionado el apellido no podrá suprimirse.

Todos los hijos deben llevar el apellido y la integración compuesta que se hubiera decidido para el primero de los hijos.

ARTICULO 38. — Sustitúyese el artículo 8º de la Ley 18.248, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 8º: Será optativo para la mujer casada con un hombre añadir a su apellido el del marido, precedido por la preposición "de".

En caso de matrimonio entre personas del mismo sexo, será optativo para cada cónyuge añadir a su apellido el de su cónyuge, precedido por la preposición "de".

ARTICULO 39. — Sustitúyese el artículo 9º de la Ley 18.248, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 9º: Decretada la separación personal, será optativo para la mujer casada con un hombre llevar el apellido del marido.

Cuando existieren motivos graves los jueces, a pedido del marido, podrán prohibir a la mujer separada el uso del apellido marital. Si la mujer hubiera optado por usarlo, decretado el divorcio vincular perderá tal derecho, salvo acuerdo en contrario o que por el ejercicio de su industria, comercio o profesión fuese conocida por aquél y solicitare conservarlo para sus actividades.

Decretada la separación personal, será optativo para cada cónyuge de un matrimonio entre personas del mismo sexo llevar el apellido del otro.

Cuando existieren motivos graves, los jueces, a pedido de uno de los cónyuges, podrán prohibir al otro separado el uso del apellido marital. Si el cónyuge hubiere optado por usarlo, decretado el divorcio vincular perderá tal derecho, salvo acuerdo en contrario o que por el ejercicio de su industria, comercio o profesión fuese conocida/o por aquél y solicitare conservarlo para sus actividades.

ARTICULO 40. — Sustitúyese el artículo 10 de la Ley 18.248, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 10: La viuda o el viudo está autorizada/o para requerir ante el Registro del Estado Civil la supresión del apellido marital.

Si contrajere nuevas nupcias, perderá el apellido de su anterior cónyuge.

ARTICULO 41. — Sustitúyese el artículo 12 de la Ley 18.248, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 12: Los hijos adoptivos llevarán el apellido del adoptante, pudiendo a pedido de éste, agregarse el de origen. El adoptado podrá solicitar su adición ante el Registro del Estado Civil desde los DIECIOCHO (18) años.

Si mediare reconocimiento posterior de los padres de sangre, se aplicará la misma regla.

Cuando los adoptantes fueren cónyuges, regirá lo dispuesto en el artículo 4º.

Si se tratare de una mujer casada con un hombre cuyo marido no adoptare al menor, llevará el apellido de soltera de la adoptante, a menos que el cónyuge autorizare expresamente a imponerle su apellido.

Si se tratare de una mujer o un hombre casada/o con una persona del mismo sexo cuyo cónyuge no adoptare al menor, llevará el apellido de soltera/o del adoptante, a menos que el cónyuge autorizare expresamente a imponerle su apellido.

Cuando la adoptante fuere viuda o viudo, el adoptado llevará su apellido de soltera/o, salvo que existieren causas justificadas para imponerle el de casada/o.

Cláusula complementaria

ARTICULO 42. — Aplicación. Todas las referencias a la institución del matrimonio que contiene nuestro ordenamiento jurídico se entenderán aplicables tanto al matrimonio constituido por DOS (2) personas del mismo sexo como al constituido por DOS (2) personas de distinto sexo.

Los integrantes de las familias cuyo origen sea un matrimonio constituido por DOS (2) personas del mismo sexo, así como un matrimonio constituido constituido por personas de distinto sexo, tendrán los mismos derechos y obligaciones.

Ninguna norma del ordenamiento jurídico argentino podrá ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio o goce de los mismos derechos y obligaciones, tanto al matrimonio constituido por personas del mismo sexo como al formado por DOS (2) personas de distinto sexo.

ARTICULO 43. — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.618 —

JOSE J. B. PAMPURO. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan J. Canals.

— FE DE ERRATAS —

Ley 26.618

En la edición del día 22 de julio de 2010 en la que se publicó la citada norma se deslizó el siguiente error de imprenta en la página 4:

DONDE DICE: JUAN J. B. PAMPURO. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

DEBE DECIR: JUAN J. B. PAMPURO. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan J. Canals.

martes, 29 de marzo de 2011

Por primera vez, bautizaron a una hija de un matrimonio igualitario en Latinoamerica


El pastor luterano Andrés Albertsen, quien celebró ayer en esta Capital el primer bautismo en Latinoamérica de un hijo de un matrimonio igualitario, oriundo de la capital entrerriana, aseguró hoy que actuó "en representación de Dios" porque se "podía ver el amor que unía a esa familia".

Además, en declaraciones a DyN, expresó que la ceremonia, realizada en la Iglesia Dinamarquesa, ubicada en Carlos Calvo 257, barrio porteño de San Telmo, "fue básicamente igual a la de otros bautismos, con la diferencia de que en lugar de referirme y de dirigirme a los 'padres', decía 'mamás'". Las madres de Bianca, Claudia Giménez y Paola Relea, que son católicas y viven en Paraná, dijeron por su parte que "es una esperanza" porque "significa que se está aceptando la diversidad", según publicó hoy el diario Clarín.

"La verdad es que Claudia y Paola se aman y están unidas en matrimonio y tuvieron una nena preciosa que quisieron bautizar. Y yo actué en representación de Dios que, a mi entender, podía ver el amor que unía a esa familia, un amor que le agradecían a Dios, y por eso estaba encantado de recibir como hija suya a Bianca", explicó Albertsen. En esa línea, agregó: "No me puedo imaginar a Dios poniendo otras condiciones o diciendo: 'lo voy a hacer, pero hagamos como que Bianca tiene una sola mamá', cuando en realidad tiene dos.
Fue una alegría compartir ese momento con la familia que integran Claudia, Paola y su hija Bianca". Se trata de un caso inédito en Latinoamérica y la beba recibió el sacramento en una Iglesia Luterana por la oposición que encontraron en la iglesia católica.

Bianca Juliana Giménez Relea tiene tres meses y dos mamás: Claudia Giménez (35) y Paola Relea (29), quienes están juntas desde hace siete años y en octubre de 2010 se convirtieron en la primera pareja del mismo sexo en casarse en Paraná.

"Para nosotros, desde la Comunidad Homosexual Argentina, este es un evento muy emotivo porque marca, sobre todo, que el amor no tiene sexo y que Dios nos acepta a todos por igual", sostuvo por su parte Alejandra Portatadino, miembro de la Iglesia Luterana Dinamarquesa e integrante de la Comisión Directiva de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), quien estuvo presente en la ceremonia.

"Que somos todos iguales es precisamente el concepto que venimos trabajando en la CHA hace 25 años, cuando fue la primera marcha del orgullo. Éramos 30 personas y con caretas, nunca nos hubiéramos imaginado un acontecimiento como este bautismo", completó.

La Iglesia Dinamarquesa de Argentina, fundada en 1924, mantuvo siempre una postura de apertura hacia la comunidad homosexual y desde que en diciembre de 2002 se sancionó la Unión Civil en la ciudad de Buenos Aires, realizó numerosas bendiciones de parejas sin importar su orientación sexual, consignó Clarín.

:: Clarín
:: La Razón

domingo, 13 de marzo de 2011

Pedro Aznar, en Bariloche



El Martes 15 a las 21 se presenta Pedro Aznar en Bariloche en el Hotel Edelweiss (San Martín 202)

Pedro Aznar uno de los tantos artistas que se presentaron el 28 de Junio del 2010 en la Plaza de los Dos Congreso para reclamar la aprobación de la Ley de Matrimonio de personas del mismo sexo, presenta su nuevo disco “A solas con el mundo”, y hará un recorrido por su trayectoria.

En esta ocasión subimos una foto del artista tomada por el staff de Gay Bariloche cuando nos encontramos manifestando en favor de la Ley de matrimonio homosexual en la ciudad autónoma de Buenos Aires

El disco fue grabado en vivo en sus conciertos unipersonales donde Pedro toca todos los instrumentos generando un clima íntimo y tiene 10 canciones, con el siguiente listado de temas:

  • Amelia,
  • Tema del Angel,
  • Si llega a ser Tucumana,
  • Calling you,
  • Media Verónica,
  • Sos mi Amor,
  • While my guitar y Arriba quemando el Sol,
  • Tan alta que está la Luna y
  • Todo amor que exista en esta Vida.

Entradas en venta Mitre 515. Creo que es Andino Color


:: Bariloche2000

lunes, 10 de enero de 2011

Finalizó ayer el “3er. Festival Patagónico por la Diversidad Sexual”




Una marcha con mucho orgullo por las calles de la ciudad: 

Finalizó ayer el “3er. Festival Patagónico por la Diversidad Sexual” organizado por la Asociación Puertas Abiertas al Sur de la Comarca Andina del paralelo 42°, con una divertida y colorida caravana por las calles de la ciudad de El Bolsón.

Fueron tres jornadas con expresiones artísticas, charlas y talleres que marcaron el deseo de los participantes de resaltar y valorar  una vez más la libertad de las personas en un sistema democrático pluralista y participativo; el momento histórico que se vive en el país con la Nueva Ley de Matrimonio Igualitario y además,  la lucha que se inicia en los próximos meses por obtener una Ley de Identidad de Género.

En la oportunidad, El Bolsón a través de la Asociación Puertas Abiertas al Sur, recibió a invitados de todo el país que llegaron a la Comarca para este Tercer Encuentro por la Diversidad Sexual. Así funcionarios del Inadi de la provincia de Río Negro y del Gobierno Nacional, junto a artistas y músicos mostraron sus adhesiones en diferentes  reuniones, destacando la importancia de contar con una Ley de Matrimonio Igualitario que sin dudas significó un logro que todos y todas venían reclamando, y que hoy es parte de una realidad democrática.

El programa de actividades de este Festival Patagónico comenzó el jueves 6 de enero por la mañana, con un Taller de Match de Improvisación Teatral, a cargo del reconocido artista “Mosquito” Sancinetto. Por la tarde se presentó Puzzle de Artistas locales en Plaza Pagano. Luego se realizó una muestra de Artes Plásticas en la Sala de Tinta Roja. Y por la noche se ofreció una mesa redonda en la FM Alas, con el desarrollo de un importante temario: Matrimonio Igualitario, Ley de Identidad de Género, y con el cierre de música en vivo. El programa radial tuvo una gran audiencia y el nivel de los debates y exposiciones fue para destacar.

Luego, el viernes 7, los diferentes grupos y asociaciones tuvieron distintos espacios para encuentros, charlas y conferencias en la antigua Casa de la Cultura de El Bolsón. Por la tarde se concretó una  Muestra Match de improvisación teatral en Tinta Roja, y por la noche se proyectó cine con los títulos: “Toto Forever” y “Plan B”, en el mismo lugar con pantalla gigante.

Despedida y color por las calles de el Bolsón

El sábado 8, junto a una jornada a pleno sol, las carrozas adornadas con globos multicolores, pancartas  y las banderas del Arco Iris, marcaban el inicio de la marcha por las calles de la ciudad.
Todos y todas partieron desde el Centro Cultural Eduardo Galeano. Jóvenes con trajes de novias, guantes y vestidos de raso rojo, calzas con tonos intensos, gorros, sombreros y todo lo que sirviera para expresar una vistosa presencia, allí estuvo en el desfile.
A su paso la caravana con carros, cuatriciclos con “angelitos y la parca manejando”, así como también algunos señores escoceses con sus clásicas polleras tableadas, disfrutaban ese momento de expresión popular única e irrepetible, por la avenida San Martín de la ciudad.
Ya cuando caía el sol, la actividad se concentró en un escenario montado especialmente en la Plaza Pagano con la presentación de diferentes números artísticos de excelente nivel, que motivaron la atracción y los aplausos de los presentes: Grupo Combustión Lenta de El Hoyo;  el actor y músico “Mosquito” Sancinetto. “Flopa Lestani” y “Paula Maffia y la Cosa Nostra”, entre otros.
Y para la madrugada del domingo la Fiesta se trasladó al Paraje Cabeza del Indio “El Resguardo”, con una Fiesta con DJS+ set Marcelo Burlón+ Performances+Proyecciones.

Un mensaje final desde el escenario y conclusiones

La Asociación Puertas Abiertas al Sur, de esta Comarca Andina del paralelo 42°, dejó unas palabras muy emotivas sobre el final, desde el escenario de la Plaza Pagano: “Estamos realmente muy contentas/os por la ley de matrimonio igualitario impulsado por una lucha constante de grupos de militancia y sancionada por un acto de decisión política que construye estado de derecho, quienes intentamos construir una sociedad para todos/as sentimos una enorme alegría y esto es uno de los motivos que hoy nos convoca a festejar”.
“La ley de matrimonio igualitario permite y permitirá a muchos/as legitimar frente a la sociedad sus relaciones de amor, pero la ley no es sólo papeles y códigos, detrás de ella hay personas, personas con historias, sentires, ideas diferentes, pero tan merecedoras de ser vividas como cualquier otra. La ley no incluye a personas extrañas, sino que amplía las posibilidades de felicidad para nosotras/os, ahora es el momento de acompañar la lucha para lograr que se sancione una Ley de Identidad de Género y renovamos nuestro compromiso de trabajar como grupo en beneficio de todas y todos, en la conformación de una sociedad  más justa e igualitaria”, afirmó Puertas al Sur.
“Estamos en el camino de seguir construyendo ciudadanía igualitaria, felices del camino recorrido como grupo de militancia, sabemos que nos queda mucho por andar, todavía se necesitan nuevos cambios, nuevas leyes que habiliten la vida de todos y todas... en cada rincón de la sociedad, donde la igualdad tiene que ser un hecho y no sólo palabras, ahí estaremos con Puertas al Sur, acompañando las luchas de otros/as, desafiando la ignorancia, haciendo visible lo invisible, poniendo voz al silencio, derrotando imposibles”.
Luego de este mensaje, estalló un aplauso generalizado que se extendió a lo largo de todo el lago artificial de la Plaza Pagano, del que no solamente participaron los militantes, sino además cientos de turistas que se consustanciaron con la temática

:: Diario El Chubut
:: Gay Bariloche

miércoles, 21 de julio de 2010

Como votaron los senadores



Primero, quisimos encontrar los datos de como votaron los senadores por el matrimonio entre personas del mismo sexo en los diarios, luego de muchas lecturas algo rescatamos, por lo que escribimos al Senado y nos pidieron que llamáramos por teléfono... zas y ahora que hacemos nos preguntamos, llamar y nos van a pasar la lista por teléfono? pero al otro día nos pasaron por correo electrónico la lista de la votación nominal, gracias Mariana Fenner


Resaltamos a los Senadores Patagónicos

Por el Sí (33)


33 senadores avalaron la propuesta aprobada en la Cámara de Diputados. A continuación transcribimos la nómina de esos legisladores:

FpV (19): Jorge Banicevich (Santa Cruz), Eric Calcagno (Buenos Aires), Elena Corregido (Chaco), Liliana Fellner (Jujuy), Nicolás Fernández (Santa Cruz), Daniel Filmus (Capital Federal), Marcelo Fuentes (Neuquén), Pedro Guastavino (Entre Ríos), Marcelo Guinle (Chubut), Ada Maza (La Rioja), Blanca Osuna (Entre Ríos), Nanci Parrilli (Neuquén), Miguel Ángel Pichetto (Río Negro), Beatriz Rojkés de Alperovich (Tucumán), Teresita Quintela (La Rioja), Eduardo Torres (Misiones), José Pampuro (Buenos Aires), Lucía Corpacci (Catamarca) y Mario Colazo (Tierra del Fuego)

UCR (5): Nito Artaza (Corrientes), Gerardo Morales (Jujuy), Alfredo Martínez (Santa Cruz), Ernesto Sanz (Mendoza) y Oscar Castillo (Catamarca).

Peronismo Federal (1): Roxana Latorre (Santa Fe).

Otros bloques (8): Rubén Giustiniani (Santa Fe), Samuel Cabanchik (Capital Federal), María Eugenia Estenssoro (Capital Federal), María Rosa Díaz (Tierra del Fuego), José Martínez (Tierra del Fuego), Luis Juez (Córdoba), Norma Morandini (Córdoba) y Ana Corradi de Beltrán (Santiago del Estero).


Por el No (27)

FpV (7): Rolando Bermejo (Mendoza), Adriana Bortolozzi (Formosa), César Gioja (San Juan), Guillermo Jenefes (Jujuy), Luis Viana (Misiones), Daniel Pérsico (San Luis) y José Mayans (Formosa).

Peronismo Federal (4): Roberto Basualdo (San Juan), Sonia Escudero (Salta), Hilda Chiche Duhalde (Buenos Aires) y Liliana Negre de Alonso (San Luis).

UCR (12): José Manuel Cano (Tucumán), La bestia que dijo que debiamos amamantar o algo por el estilo: Mario Cimadevilla (Chubut), Josefina Meabe (Corrientes), Blanca Monllau (Catamarca), Laura Montero (Mendoza), Ramón Mestre (Córdoba), Luis Naidenoff (Formosa), Roy Nikisch (Chaco), José María Roldán (Corrientes), Arturo Vera (Entre Ríos), Pablo Verani (Río Negro) y Juan Carlos Marino (La Pampa).

Otros bloques (4): Juan Pérez Alsina (Salta), Carlos Verna y María de los Ángeles Higonet (La Pampa) y Horacio Lores (Neuquén).


Ausentes (9)

Marina Riofrío (San Juan) y Ada Rosa Iturrez de Capellini (Santiago del Estero) de viaje a China. Carlos Menem (La Rioja) se presentó en el Senado, pero se retiró al mediodía por un malestar. Elida Vigo (Misiones) y Sergio Mansilla (Tucumán) no estuvieron durante todo el día en la Cámara alta. Emilio Rached (Santiago del Estero) se retiró por un fuerte malestar. Carlos Reutemann (Santa Fe), Adolfo Rodríguez Saá (San Luis) y Juan Carlos Romero (Salta) se levantaron antes de realizar la votación.


Abstenciones (3):

FpV (1): Fabio Biancalani (Chaco).

Otros bloques (2): María José Bongiorno (Río Negro) y Graciela Di Perna (Chubut).



Fuente:
Mariana G. Fenner
Responsable de la Oficina de Atención Ciudadana del Honorable Senado de la Nación

martes, 6 de julio de 2010

Los Senadores que votaron en contra


Como siempre te vamos mostrando quienes nos acompañan y quienes nos condenarían a la hoguera si pudiesen.

Como todos saben la ley de matrimonio de personas del mismo sexo tiene media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación.

Ahora pasó a la Comisión de Legislación General del Senado quienes rechazaron la norma y respaldaron otra norma(Unión Civil) como cuando a los negros les decían: podes viajar, pero en otro lugar, porque ustedes son diferentes.

Según lo dictaminado, el debate que se llevará a cabo en el recinto, el próximo miércoles, abarcará tanto el matrimonio homosexual como la unión civil sin adopción, pero a la hora de votar se pondrá en primer término el rechazo al proyecto sancionado por la Cámara baja. De acuerdo con el resultado de esa votación, los senadores pasarán a votar el proyecto de unión civil.

El proyecto que rechaza la norma ya sancionada por Diputados obtuvo la firma de los JUSTICIALISTAS DISIDIENTES Liliana Negre de Alonso y Sonia Escudero; de los oficialistas FRENTE PARA LA VICTORIA Sergio Bermejo y Adriana Bortolozzi; de la ex kirchnerista VAYA SABER PARA QUE LADO TIRA María José Bongiorno; y de los radicales UNION CIVICA RADICAL Mario Cimadevilla, Ramón Mestre, José Cano y José María Roldán.  

Asimismo, una parte de los legisladores que firmaron en contra del proyecto que modifica el Código Civil para autorizar el matrimonio entre personas del mismo sexo -la kirchnerista Bortolozzi, los radicales Laura Montero y Luis Naidenoff y los justicialistas Sonia Escudero y Juan Carlos Romero- también respaldaron una iniciativa sobre unión civil que, al contrario del expediente impulsado por el oficialismo, no permite la adopción.

VOTARON A FAVOR
En cambio, firmaron a favor de la iniciativa los oficialistas 
Guillermo Jenefes (en disidencia total), 
Nicolás Fernández, 
Liliana Fellner, 
Elena Corregido, 
Marcelo Fuentes y 
Pedro Guastavino.

miércoles, 5 de mayo de 2010

Conoce a los politicos. Quiénes quedaron en la vereda de enfrente en Diputados


Entre el voto a favor y el rechazo total, el recinto de la Cámara de Diputados tuvo grises de todas las tonalidades a la hora de pronunciarse por el matrimonio gay. Gracias a que todas las bancadas dieron libertad a sus diputados para votar según sus convicciones personales, pudo conocerse lo que la conciencia le dictaba a cada legislador.

Solo cuatro partidos votaron positivamente de forma unánime: Nuevo Encuentro, el Partido Socialista, Proyecto Sur y el GEN. En algunos casos, los legisladores que adoptaron una postura contraria a la mayoría de su bloque podían contarse con los dedos de las manos. Los bloques mayoritarios, en cambio, estuvieron divididos en sus posiciones.

"Los planteos conservadores acerca de la familia, el matrimonio y la adopción resultan cínicos en boca de personas bien informadas. Enmascaran una posición discriminatoria y autoritaria", dijo a la nación Laura Alonso, una de las diputadas que había anticipado su fuerte apoyo al proyecto, a pesar de que la mayoría de su partido, el Pro, votó en contra.
En ese sentido, fue determinante su compañera de bloque Cynthia Hotton, quien denunció en el recinto haber recibido "amenazas de muerte" por su militancia en rechazo a la ley y pidió el apoyo a la institución de la "unión civil". "Cambiar el nombre de una institución para incluir a un grupo o minoría que ha sido excluida y marginada por décadas, sigue siendo discriminatorio", opinó Alonso.

La Coalición Cívica, tuvo aún más matices, que fueron desde el rotundo apoyo de la diputada Fernanda Gil Lozano hasta el voto negativo de Alicia Terada, pasando por la abstención de la líder del espacio, Elisa Carrió.
"No voy a votar en contra para quedar bien con la Iglesia, ni voy a votar favor para quedar bien con la comunidad homosexual. No quiero quedar bien con nadie, por eso pido la abstención", explicó Carrió, quien, tras dar el quórum, permaneció ausente del recinto durante varias horas.
"Si faltara sólo mi voto, yo con un enorme dolor votaría afirmativamente", señaló, tras reiterar su fe católica y reivindicar los derechos igualitarios de las personas del mismo sexo.

A Terada pertenecía otro de los dictámenes por minoría, que proponía la "unión familiar". "Se trata de una figura nueva que contempla una situación que se da mucho en el interior del país: familias en las que, aunque no haya una pareja, hay una crianza de niños, que están desprotejidos de derechos", explicó a la nación
 A pesar de que propuso lo que llamó "una institución más moderna", en lo referente a la adopción por parte de parejas homosexuales, evaluó que "tiene que haber una mayor maduración de la sociedad para avanzar en ese sentido".

Paradigmático también fue el caso del peronismo disidente, que mayoritariamente se mostró en contra de la iniciativa. Felipe Solá manifestó desde el inicio su diferencia con la opinón de su espacio. Luego de manifestar su rotundo apoyo al polémico proyecto provocó ovaciones en los palcos donde activistas de la comunidad homosexual escuchaban ansiosos. "El amor no es propiedad de los heterosexuales. Estamos haciendo justicia para los que no eligieron su sexo, pero su sexo no le gusta al resto de la sociedad", sentenció.
A metros de él, su compañero del Peronismo Federal Mario Raúl Merlo pronunció su severo "no": ni matrimonio, ni unión civil entre personas de un mismo sexo. "No es justo tratar lo desigual como igual. Hay que reconocer lo que es una realidad natural", indicaba, mientras se escuchaban aplausos de organizaciones religiosas en los balcones más altos del recinto. De igual manera se pronunció Ivana María Bianchi, quien criticó a los "progres que hablan de la sexualidad como placer".

El oficialismo también estuvo dividido, aunque los votos en contra del proyecto solo alcanzaron a un tercio de sus 88 bancadas. El jefe del bloque, Agustín Rossi, defendió el proyecto y evaluó que hablar de unión civil en lugar de matrimonio "es seguir estigmatizando, es hacer diferencias, es decir ustedes pueden hasta acá".
Sus palabras llegaron poco antes de la votación final. A su derecha estaba, desde la 1.30, Néstor Kirchner, que no aparecía en el recinto desde el 1° de marzo pasado. Luego de ser elegido como secretario general de la Unasur y sin pedir la palabra el ex presidente se presentó únicamente para votar a favor del matrimonio homosexual.

Diputados aprobó el proyecto sobre el matrimonio gay



Buenos Aires.- En una sesión maratónica e intensa, la Cámara de Diputados aprobó esta madrugada un proyecto de ley que legaliza el matrimonio entre persona del mismo sexo. El debate atravesó la mayoría de los bloques en forma transversal y obligó a sus autoridades a dejar en libertad de acción a sus miembros.

La votación final arrojó los siguientes resultados: 125 en favor, 109, en contra y seis abstenciones.

"Estamos muy felices porque se acaba de aprobar por primera vez en un parlamento de América latina. Ahora vamos a trabajar en el Senado. Ya tenemos el compromiso de [Miguel Angel] Pichetto y de [María Eugenia] Estenssoro", dijo al finalizar la votación la presidenta de la Federación local de Gays y Lesbianas, María Rachid.

"Esto es un avance y un reconocimiento como argentinos. A partir de hoy, somos una sociedad más justa. Esto es para celebrar para todos los argentinos", agregó la activista.

El dictamen debatido hasta la madrugada de hoy resume dos proyectos de ley: uno, de autoría de Ibarra, y otro de la ex diputada socialista Silvia Augsburger. El texto, de 43 artículos, establece 34 modificaciones al Código Civil. En todos ellos se elimina la distinción entre hombre y mujer y se reemplaza esos términos por el de "contrayentes".

La reforma otorga a los integrantes de las parejas del mismo sexo iguales derechos que los que gozan los heterosexuales, incluido el de adoptar niños. Según ese proyecto, los "contrayentes" podrán, además, heredar, recibir la cobertura social y cobrar la pensión de su pareja. Para convertirse en ley, deberá ser aprobado por el Senado, donde el escenario se presenta más complicado para los impulsores de la iniciativa. Un dato clave es que la presidenta de la Comisión de Legislación General de la Cámara alta, Liliana Negre de Alonso, ya anticipó su oposición al proyecto.

La sesión especial comenzó a las 14.30 de ayer con la exposición de la presidenta de la comisión de Legislación General, Vilma Ibarra (Nuevo Encuentro). Y se concretó en el contexto de una pulseada entre el kirchnerismo y la oposición por dar ingreso a la media sanción del Senado sobre la reforma del impuesto al cheque, que desde la semana anterior venía siendo un escollo para el funcionamiento de la Cámara baja.

La sesión de ayer fue motorizada por la diputada Victoria Donda (Libres del Sur) y legisladores de centroizquierda, y tuvo como novedad la decisión del bloque del Frente Para la Victoria de aportar el quórum con diputados en favor de la iniciativa.

El proyecto obtuvo dictamen de mayoría el 15 de abril en las comisiones de Legislación General y Familia, Mujer y Minoridad, y no pudo ser tratado el miércoles pasado por falta de quórum.

En el transcurso de la sesión, los legisladores que se pronunciaron en favor de la iniciativa defendieron la igualdad de derechos de todas las personas para casarse. Quienes se opusieron, se manifestaron en contra de la adopción por parte de parejas homosexuales.

Vilma Ibarra dijo que el proyecto, que reemplaza la definición de hombre y mujer por el de "contrayentes" como actores del casamiento, "no agravia derechos de terceros". "El dictamen que estamos tratando no da derecho a los homosexuales a adoptar niños porque ya la ley vigente no lo impide ya que no exige orientación sexual" de los adoptantes, expresó la legisladora, autora del proyecto junto a la socialista mandato cumplido Silvia Augsburger.

Una de las voces adversas fue Cynthia Hotton, quien denunció en el recinto hacer recibido "amenazas de muerte" por su militancia en rechazo a la ley, y apuntó: "Yo tengo la convicción de defender el matrimonio entre hombres y mujeres y estoy segura de que represento a millones y millones de personas", para preguntarle "a los diputados de las provincias si saben lo que piensa su gente".

También se refirió a la adopción, y dijo que, al aprobarse la norma, "las parejas homosexuales tendrían prioridad" para adoptar, dado que -según indicó- el actual Código Civil dispone que "las parejas casadas" deben esperar tres años para poder hacerlo, "salvo que exista una imposibilidad física para procrear".

El jefe del bloque de PRO, Federico Pinedo, defendió la libertad de conciencia para pronunciarse sobre el tema y expuso un dictamen de minoría, que suscribió parte de su bancada, para sancionar la figura de enlace civil, en lugar de la de matrimonio. Pinedo explicó que "no es cuestión de anteponer instituciones unión civil versus matrimonio, sino que es útil que existan dos instituciones sumando una a la otra y no restando nada" y sobre la adopción dijo "desconocer los efectos" en el desarrollo de los menores de edad cuando son adoptados por homosexuales.

El presidente del bloque Peronismo Federal, Felipe Solá, apoyó el proyecto y se preguntó: "¿Cómo podemos a esta altura pensarnos jueces de lo que ocurre puertas adentro?", mientras dijo que "el amor no es propiedad de los heterosexuales, el amor es lo que rescata a un niño. Nadie me va a decir que si una pareja homosexual tiene amor, un niño no va a tener condiciones para criarse".

El jefe de Proyecto Sur, Fernando "Pino" Solanas, consideró que "el matrimonio es un derecho universal. No hay ningún código, ni un dogma, ni una religión que pueda encorcetar los sentimientos" y destacó la "obligación del Estado a proteger la familia".

El legislador apoyó el matrimonio entre personas del mismo sexo pero confundió la expresión al manifestar: "Esperamos que decididamente se corone con una gran votación del matrimonio civil de personas de distinto sexo".

El debate fue seguido por organizaciones defensoras de los derechos de homosexuales, entre ellas la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (LGBT) y la Comunidad Homosexual Argentina (CHA).

También estuvo la primera pareja homosexual que se casó en Argentina, constituida por Alex Freyre y José María Di Bello, quines se casaron el 28 de diciembre de 2009 en Ushuaia, Tierra del Fuego.
 

miércoles, 3 de marzo de 2010

Damián Bernath y Jorge Salazar contajeron matrimonio hoy


Damián Bernath y Jorge Salazar contajeron matrimonio hoy, Miércoles 3 de marzo de 2010




Luego de que la jueza Elena Liberatori autorizara el casamiento de Damián Ariel Bernath y Jorge Esteban Salazar la semana pasada, la pareja debió atravesar otro obstáculo: en el Registro Civil 1, donde tenían fecha, estaban de paro.

No obstante, y gracias a una excepción que se expresa por ley, los casamientos se llevaron adelante, y Damián y Jorge ya se encuentran unidos en matrimonio, según confirmó a Infobae.com María Rachid, presidente de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (Falgbt).

"Ya están casados, el derecho ya está adquirido en la Argentina y en el mundo", dijo más tarde Rachid, en declaraciones televisivas.

"Estamos muy felices, esto es ya una realidad en la Argentina. (…) Lo que tenemos que lograr ahora es que el Congreso modifique la ley para no tener que recurrir a la Justicia" cada vez que una pareja gay quiera unirse en matrimonio, agregó.

En ese sentido, se especula que lapróxima semana la Cámara de Diputados tratará el proyecto de ley que propone una modificación en el Código Civil que permita el matrimonio entre personas del mismo sexo , presentado por las legisladoras Vilma Ibarra y la socialista Silvia Augsburger.

El viernes pasado, la fiscal en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la ciudad de Buenos Aires María del Carmen Gioco había apelado el fallo por el cual la jueza Liberatori autorizó el casamiento entre Damián y Jorge. Argumentó que la resolución debería ser revocada por la Cámara al considerar que no tuvo intervención en el proceso.

"Los fiscales tienen obligación de preservar el debido proceso en todos los expedientes, que se cumplan las normas que hacen a la correcta administración de justicia. En este caso, la jueza rechazó el pedido de inconstitucionalidad. En función de esto, la actuación del fiscal está limitada. Por eso la jueza entendió que no debía notificarse la resolución de fondo a la fiscalía", explicó Florencia Kravetz, representante de la pareja.

Damián y Jorge contrajeron matrimonio esta mañana en una ceremonia privada, con la presencia de la familia, las abogadas del caso, Florencia Kravetz y Flavia Massenzio (abogadas de la FALGBT), y Rachid.

"La pareja quería una ceremonia personal y privada como desearía cualquier pareja. Hubo que hacer muchos esfuerzos para que esto fuera así, primero para que puedan casarse y luego para que este sea un evento familiar. Justamente lo que queremos es que todas las personas tengan el derecho que a ellos les costó tanto conseguir: casarse por amor, en familia", expresó la presidente de Falgbt.


Fuente: Infobae, La Nación, El Cronista Comercial

miércoles, 27 de enero de 2010

30 años de amor y el deseo intacto de casarse



Tenían las dos 37 años cuando descubrieron el amor y el placer cada una en el cuerpo de la otra.
Antes de eso ni siquiera se animaban a pronunciar la palabra “lesbiana”.
Mujeres casadas, con una relación casi familiar entre ambas parejas, Norma Castillo y Ramona “Cachita” Arévalo lograron a pesar de todo desafiar su educación católica, su secreta vergüenza, sus prejuicios.
Hoy, 30 años después, lideran el primer centro de jubiladxs LGBT y esperan que la Justicia les dé el sí para poder casarse.

Fuente: Suplemento Soy Página12
Foto: Sebastián Freire

jueves, 29 de octubre de 2009

La CHA advierte sobre la "necesidad de legalizar" las parejas gay y pidió que se apruebe la ley




El presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), César Cigliutti, advirtió sobre la "necesidad de legalizar las parejas" gays que viven en el país y reclamó que sea aprobado en la Cámara de Diputados alguno de los proyectos que está previsto que se trate hoy en comisión.

Cigliutti manifestó la "necesidad de legalizar a las parejas de nuestra comunidad, para que tengan los mismos derechos que tiene el resto de la sociedad. Mas allá de que exista una ley, los gays y lesbianas tenemos parejas, formamos familias".

"Hablamos de igualdad ante la ley, de la separación de iglesia y Estado, de derechos civiles y de tener una ciudadanía plena. No hay ninguna razón que no sea discriminatoria en el negar un derecho a las personas a causa de su orientación sexual", consideró.

También, reafirmó la necesidad de una Ley Nacional de Unión Civil para "parejas de hecho" que ya están conviviendo y que no les interesa o no les gusta la figura legal del matrimonio, por las connotaciones que tiene esta institución".

miércoles, 28 de octubre de 2009

Mayoría de votos favorables al matrimonio gay






Luego de que, por dos períodos consecutivos, los proyectos de ley de matrimonio gay caducaran sin ser tratados, esta vez habrá debate en el Congreso. Después de una reunión con la presidenta de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, María Rachid, las titulares de las comisiones de Legislación General y Familia de la Cámara de Diputados de la Nación, Vilma Ibarra y Juliana Di Tullio, incluyeron el tema en el orden del día de una reunión plenaria de ambas comisiones que se realizará este jueves y podría haber dictamen antes de fin de año. Que el proyecto haya sido derivado a esas comisiones facilitó las cosas, ya que ambas diputadas son cofirmantes.
Uno de los principales argumentos de la reforma es que la prohibición del matrimonio gay es inconstitucional, por lo que ya hay un amparo que espera la decisión de la Corte Suprema de Justicia. Por ello, a la reunión del jueves están invitados a exponer los constitucionalistas Andrés Gil Domínguez (docente de la UBA) y Roberto Saba (rector de la Universidad de Palermo), coautores de los amicus curiae presentados ante la Corte en apoyo a la demanda. También expondrá Rachid, en nombre de la Falgbt, y para la siguiente reunión fue invitado el activista gay español Pedro Zerolo, asesor de Zapatero y principal impulsor de la ley aprobada en España en 2005.
“Los proyectos fueron firmados por más de 25 diputados de casi todos los bloques y era incomprensible que todavía no hubiesen sido tratados. El debate permitirá derribar mitos y demostrar que se trata, simplemente, de cumplir con la Constitución, que garantiza la igualdad ante la ley. Queremos los mismos derechos con los mismos nombres porque lo contrario significa que el Estado nos siga tratando como ciudadanos y ciudadanas de segunda”, dijo a este diario María Rachid. La presidenta de la Federación informó, además, que según una encuesta que se hará pública próximamente más del 70% de los argentinos está de acuerdo con la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo. “Hay un sector muy minoritario de la sociedad que se opone a nuestros derechos y defiende la discriminación por motivos ideológicos y religiosos. Son poquitos, pero tienen mucho poder de lobby y por eso frenaban el debate hasta ahora. No querían debatir porque no tienen argumentos”, agregó.
Según un relevamiento realizado por este diario, el dictamen de las comisiones estaría casi garantizado. De los diputados de la Comisión de Legislación General que respondieron al cierre de esta edición, 14 ya tienen decidido apoyar el proyecto, apenas uno está en contra y dos aún no decidieron, aunque uno respondió con un “casi sí”. La comisión está integrada por 30 diputados, de modo que, para que la iniciativa no fuese aprobada, sería necesario que todos los diputados que aún no manifestaron su posición –muchos de ellos porque no estaban ayer en Buenos Aires y no pudieron ser ubicados– firmaran un dictamen en contra, lo cual parece poco probable. En la Comisión de Familia sucede algo similar: con la misma cantidad de integrantes, 14 adelantaron su voto positivo, apenas tres se manifestaron en contra y cuatro dicen que lo están pensando. Entre ellos, una diputada que le dijo a este diario que no adelanta su voto “por respeto al debate” pero que “suelo estar de acuerdo con estas iniciativas” y, en privado, había adelantado su apoyo a los impulsores de la iniciativa.
En junio, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, había declarado a este diario su apoyo al matrimonio gay: “Esto se va a resolver, porque hay muchos tipos como yo que estamos muy comprometidos, y no por una ventajita política sino por convicción. Es más, toda la vida estuve en desacuerdo con que las parejas homosexuales puedan adoptar, y un día tuve la valentía de decir que me convenciste, que tenés razón. Y no te lo digo a vos pidiéndote que no lo cuentes. Si lo tengo que repetir, lo voy a hacer, porque yo no me echo atrás”, manifestó el ministro.
Si hay dictamen favorable, la posición que adopte el bloque oficialista, que aún no está clara, será clave para definir si el debate llega al plenario de la Cámara. La mayoría de la oposición no se opone: los socialistas, la mayoría de los radicales y de los integrantes de la Coalición Cívica, además de los bloques de centroizquierda, apoyan el proyecto, pero la llave la tienen el presidente de la Cámara de Diputados, Eduardo Fellner, y el titular del bloque oficialista, Agustín Rossi, que no toman decisiones sin consultarlo con la Presidenta. Cristina deberá decidir si su política de derechos humanos incluye a gays y lesbianas.
HABLAN LAS AUTORAS DE LOS PROYECTOS
“La ley depende del oficialismo”
SILVIA AUGSBURGER, PRESIDENTA DEL BLOQUE SOCIALISTA
–¿Usted pertenece a un bloque opositor. ¿La oposición se opone al matrimonio gay?
–No, para nada, no tiene por qué oponerse.
–Se lo pregunto porque algunos funcionarios del Gobierno dicen que si Cristina saliera a defender el matrimonio gay, como hizo Zapatero en España, la oposición “saldría a matarla”.
–¡Es una gran excusa! Además, cuando uno es oficialista, no hay espacio para grises: si tienen voluntad política, llevan las cosas para adelante, como hicieron con otros temas. La posibilidad de que el debate llegue al recinto depende exclusivamente del bloque kirchnerista.
–¿Cree que va a llegar?
–Ahí no tengo respuesta. Muchas veces le dan para adelante con una iniciativa pero después no se llega a discutir. Yo recalco que hay una gran voluntad política de las dos presidentas de comisión, que son oficialistas. Si el bloque oficialista las acompaña, tendremos debate.
–¿Es posible sacar este tema de la lógica oficialismo versus oposición?
–El tema es transversal. Hay voces a favor y en contra en casi todos los bloques. No sé si eso alcanza, pero yo veo un gran consenso en la sociedad.
–El Gobierno hizo de los derechos humanos una de sus banderas. ¿Por qué cree que con este tema, que es de derechos humanos, no avanzó?
–Porque sólo tomó un pedazo de los derechos humanos, importantísimo, pero sólo un pedazo.
“Es injustificable que no exista”


VILMA IBARRA, TITULAR DE LEGISLACIÓN GENERAL
–¿Por qué decidió impulsar este tema?
–Creo en la igualdad ante la ley. No tiene ninguna justificación prohibirles a dos hombres o dos mujeres que se aman que se casen como cualquier otro.
–¿Cuáles cree que van a ser los principales obstáculos?
–Lo que más duda genera a muchos legisladores es la adopción. Pero no hay ninguna ley que prohíba a los homosexuales adoptar, ni podría haberla, porque sería inconstitucional. Ya hay muchas parejas de gays y de lesbianas que tienen hijos y lo que está en discusión son los derechos de esos niños y niñas que no pueden tener obra social, o que si sus padres se separan no pueden pedir alimentos a uno de ellos, ni tienen derecho a un régimen de visitas. Lo que esta ley cambiaría es que esa situación de hecho se reconozca legalmente y esos niños y niñas tengan los mismos derechos que los demás.
–¿Habló con el Gobierno o con el bloque oficialista?
–Llamé a Agustín Rossi, el presidente del bloque, y le informé que iba a abrir el debate del tema en la comisión. Me dijo que le parecía muy bien.
–¿Le adelantó la posición del bloque kirchnerista?
–Quizás no salga a impulsarla abiertamente, pero creo que no se va a oponer. Además, hay diputados de ese bloque que han firmado el proyecto. Pero este tema, al igual que aborto, produce un corte transversal. Si el Gobierno no nos juega en contra, creo que tenemos dictamen y la ley sale. Soy entusiasta.